10 March 2026
VIOLENCIA Y ACOSO DE GÉNERO: RIESGOS ESTRUCTURALES Y LA NECESIDAD DE APLICAR EL CONVENIO N.º 190 DE LA OIT
Las trabajadoras de los sectores de la construcción, los materiales de construcción, la madera y la silvicultura operan en entornos caracterizados por un trabajo físicamente exigente, cadenas de subcontratación fragmentadas, altos niveles de informalidad, migración laboral y culturas laborales abrumadoramente dominadas por los hombres. El empleo suele ser temporal, las obras están dispersas y la supervisión normativa es débil. Estas condiciones estructurales difuminan la rendición de cuentas y socavan los mecanismos de protección de los trabajadores. En tales contextos, la violencia y el acoso —en particular la violencia y el acoso por motivos de género (VACG)— siguen sin denunciarse en gran medida y no se abordan de manera adecuada.
La adopción del Convenio sobre la violencia y el acoso de la Organización Internacional del Trabajo de 2019 (C-190 de la OIT), ratificado por 54 países, representa una oportunidad crucial para hacer frente a estas deficiencias sistémicas mediante un marco integral basado en los derechos. El Convenio reconoce la violencia y el acoso como violaciones de los derechos humanos y amenazas para la igualdad. Sin embargo, su aplicación sigue siendo desigual, limitada por debilidades institucionales, resistencia política y normas laborales arraigadas.
Con demasiada frecuencia, la violencia se trata como una cuestión disciplinaria individual en lugar de como un riesgo laboral estructural. Los sistemas de denuncia son frágiles, persisten las represalias y el acoso se normaliza como «parte del trabajo». Las trabajadoras —en particular las migrantes, las trabajadoras del sector informal y las que forman parte de cadenas de subcontratación— se enfrentan a una mayor vulnerabilidad y a un acceso limitado a los recursos.
El Convenio n.º 190 de la OIT exige un enfoque integrado que vincule la protección laboral, la igualdad de género y la seguridad y salud en el trabajo (SST). Los empleadores deben identificar los peligros, evaluar los riesgos psicosociales y relacionados con el género, y aplicar medidas preventivas con la participación de los trabajadores. Los Estados están obligados a garantizar el cumplimiento, las sanciones y la coherencia de las políticas en los marcos de SST, igualdad y migración.
Para la ICM, el principal reto no es solo la ratificación, sino cerrar la brecha persistente entre los compromisos formales y el cambio real en el lugar de trabajo. El Convenio n.º 190 —que refuerza normas anteriores de la OIT, como los Convenios n.º 155 y n.º 187— deja claro que un entorno de trabajo seguro y saludable debe garantizar la protección frente a daños físicos, psicológicos, económicos y sexuales. Esta obligación no es una mera aspiración; es vinculante.
Garantizar este derecho en todos los sectores de la ICM requiere una acción decisiva y sistémica:
- La plena integración de la prevención de la violencia y el acoso en la legislación sobre seguridad y salud en el trabajo, los convenios colectivos, las políticas del lugar de trabajo y los sistemas de gestión;
• Evaluaciones de riesgos exhaustivas y sensibles al género que aborden explícitamente los riesgos psicosociales y la violencia de género en el trabajo como riesgos laborales;
• Políticas y procedimientos obligatorios en el lugar de trabajo, elaborados y aplicados mediante el diálogo social y la participación activa de los trabajadores;
• Mecanismos de denuncia accesibles, fiables y protegidos, acompañados de formación periódica e información clara sobre derechos y vías de recurso;
• Una cultura transformadora en el lugar de trabajo basada en la dignidad, la igualdad, la rendición de cuentas y la tolerancia cero ante las represalias;
• Sistemas de inspección laboral reforzados, con el mandato, los conocimientos especializados y los recursos necesarios para tratar la violencia y el acoso como cuestiones fundamentales de seguridad y salud en el trabajo.
Solo un enfoque integral, preventivo y sensible al género —respaldado por la aplicación de la ley y la rendición de cuentas— garantizará que todos los trabajadores de los sectores de la ICM puedan ejercer genuinamente su derecho a un mundo laboral libre de violencia y acoso.
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